abril 20, 2024

Ejecutivo aprueba Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático

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El Ejecutivo aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático (LMCC), cuyo texto está compuesto por 6 Títulos, 72 artículos y 20 Disposiciones Complementarias Finales. Esta norma se oficializa luego de un amplio proceso de consulta previa sobre la propuesta de este reglamento.
Mediante un Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, se establece que esta norma reglamenta las disposiciones establecidas en la Ley N° 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, para la planificación, articulación, ejecución, monitoreo, evaluación, reporte y difusión de las políticas públicas para la gestión integral del cambio climático, orientadas al servicio de la ciudadanía, que buscan reducir la situación de vulnerabilidad del país frente a los efectos del cambio climático.
Asimismo, busca aprovechar las oportunidades de desarrollo bajo en carbono y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado ante la Convención Marco de las Naciones sobre el Cambio Climático.
El dispositivo legal precisa que el Ministerio del Ambiente (Minam), como autoridad nacional en materia de cambio climático, orienta y conduce la gestión integral del cambio climático en el marco de sus competencias sobre la base de los principios y enfoques establecidos en los artículos 2 y 3, así como también lo establecido en el artículo 23.4 de la LMCC, el enfoque de género y con pertinencia cultural y lingüística. 
Del mismo modo, la norma establece las funciones del Minam y subraya que los ministerios y sus organismos públicos adscritos, como autoridades sectoriales competentes en materia de cambio climático, tienen entre sus funciones diseñar y definir las medidas de adaptación y mitigación que conforman las Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC), en coordinación con los gobiernos regionales y locales, con los actores no estatales, así como con los pueblos indígenas u originarios, según corresponda, de conformidad con los lineamientos elaborados por la autoridad nacional.
También indica que los gobiernos regionales y locales tienen como funciones elaborar, aprobar, implementar, monitorear, evaluar y actualizar su Estrategia Regional de Cambio Climático y sus Planes Locales de Cambio Climático, respectivamente, de conformidad con la Estrategia Nacional de Cambio Climático, las NDC y, sus instrumentos de gestión territorial vigentes, considerando los periodos de actualización de sus Planes de Desarrollo  Concertados.
Las Estrategias Regionales de Cambio Climático y los Planes Locales de Cambio Climático son los instrumentos de gestión integral del cambio climático que orientan y facilitan la acción del Estado a nivel regional; están alineadas a la ENCC, incluyen los planes de acción y contribuyen a la implementación de las NDC.

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