abril 19, 2024

Bancos podrán reprogramar créditos hasta por 6 meses en zonas de emergencia

AGRO3

No constituirá refinanciación ni deterioro en la calificación crediticia de los deudores, afirma SBS

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) autorizó a las entidades del sistema financiero adoptar medidas de excepción para ser aplicadas a los créditos de deudores minoristas que puedan haber sido afectados en las zonas en estado de emergencia con intensas lluvias y desbordes de ríos que impactan actualmente a diversas regiones del país, incluida Lima Metropolitana.

Según el Oficio Múltiple 12174-2023-SBS estas medidas serán evaluadas por cada empresa del sistema financiero, de acuerdo con el alcance geográfico que determine y previo análisis del nivel de impacto sobre su portafolio de deudores, señala la nota de la prensa de la SBS.

En ese sentido, las entidades financieras quedan facultadas a modificar las condiciones contractuales de los créditos minoristas (consumo, hipotecario, microempresa y pequeña empresa), sin que esto constituya una refinanciación (ni un deterioro en la calificación crediticia de los deudores), pudiendo ampliar el plazo total de los referidos créditos hasta por seis meses del plazo original.

Esto se dará en la medida en que se cumplan ciertas condiciones, tales como que a la fecha de la declaratoria de emergencia o a la fecha de la reprogramación, los deudores hayan mostrado un adecuado comportamiento de pago, entre otras.

Asimismo, se establecen disposiciones para el tratamiento prudencial y contable de dichos créditos.

Las entidades financieras tendrán un plazo excepcional, para comunicarlo al cliente, de hasta 30 días posteriores a la modificación unilateral, debiendo cumplir con las demás condiciones contenidas en el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero (Resolución SBS 3274- 2017 y modificatorias). 

Aquellos clientes que no requieran acogerse a esta medida de excepción deberán comunicarse con su entidad, a fin de revertir la reprogramación del crédito (manteniendo las condiciones originales).

Estas medidas de excepción podrán ser aplicadas, ante la crítica situación por la que están atravesando diversas zonas del país, debido a los fenómenos climáticos, y que han sido declaradas en estado de emergencia por el Poder Ejecutivo.

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